En el primer artículo de esta serie sobre el racismo, hemos expuesto unas cuestiones preliminares, que resultarán de gran importancia —sobre todo para los despistados— a la hora de leer el resto de artículos, y en particular el último, que será el que siga a este. En el segundo artículo analizamos las distintas clases de ideas racistas, es decir, las distintas proposiciones de hecho, ideas sobre el estado real de las cosas y la naturaleza del mundo exterior, que pueden de algún modo u otro caracterizarse como “racistas”. En este tercer artículo haré una exposición de las principales divisiones de la acción racista, o racismo operativo, en oposición al racismo especulativo, que se referiría a las ideas tratadas en el segundo artículo. Para poner en contexto la cuestión, debo traer a colación algún fragmento del primer artículo:
Finalmente, quiero llamar la atención al hecho de que son cosas distintas —si bien relacionadas— los juicios de hecho, por un lado, y las conclusiones éticas que de ellos se extraen, por el otro. (…) Por ejemplo, suponiendo que partimos de la premisa “La raza X tiene más Y, siendo Y algo bueno, que la raza Z”, muchos pensarían que se pretende llegar a la conclusión “Los miembros de la raza Z carecen de dignidad humana y se les puede así hacer daño en el propio provecho”. (…) Sin embargo, esa conclusión sólo se sigue si se acepta como premisa menor la proposición “El atributo Y, al menos en grado superior al que tienen de forma general los miembros de la raza Z, constituye la dignidad humana”. Lo cual habría que demostrar por sí mismo, asunto que analizaremos en próximos artículos.
Así, dentro de este esquema el racismo especulativo tendría por objeto la premisa mayor, mientras que el racismo operativo tendría por objeto la premisa menor y la conclusión. Partimos de un juicio de hecho sobre la naturaleza de las cosas, y a ese juicio de hecho le aplicamos una regla general del obrar, de tal suerte que de la combinación entre la premisa mayor y la menor resulte una acción como lícita o ilícita, y, dentro de las acciones lícitas, obligatoria o no obligatoria, las últimas de las cuales se subdividen a su vez en recomendables o no recomendables.
LA DIVISIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL
La ética tiene por objeto propio el bien y el mal, es decir, lo deseable y lo indeseable, partiendo del primer principio evidente de la operación de que lo bueno debe buscarse y lo malo evitarse. De ahí que la ética se suela dividir en tres partes, según se esté tratando el bien y el mal en relación a uno mismo, a Dios o al prójimo. La cuestión racial entra de forma estricta en este último apartado, de modo que los otros dos sólo los mencionaremos en la medida en que estén relacionados con el tercero y lo pongan en contexto. Que toda persona no sólo debe desear, sino que desea por necesidad el bien para sí mismo es evidente de suyo. A Dios, a su vez, se le debe hacer el bien por ser máximamente amable y fuente de todos los bienes. Esto significa, siendo el bien lo deseable, actuar de acuerdo con todos sus deseos, no porque Él lo necesite, como si dependiera de nosotros o ganara algo con todos los honores que de nosotros pudiera recibir, sino antes bien porque nosotros lo necesitamos. Al prójimo, finalmente, se le hace el bien en la medida en que es para nosotros “otro yo”, es decir, en la medida en que se tiene respecto a él, en distinto grado, la misma actitud de benevolencia incondicional que toda persona tiene respecto a sí misma. Si no se reconociera a ninguna persona como otro yo al que se ama del mismo modo —que no con la misma intensidad— que a uno mismo, la ética se vería reducida a los deberes respecto a uno mismo y respecto a Dios, y cualquier deber respecto a terceras personas sólo sería deber moral en la medida en que resulte instrumental para los deberes respecto a uno mismo y respecto a Dios. Y los que niegan la existencia de Dios, claro está, no toman ninguna consideración de cualquier deber respecto a Él. Así, al prójimo, como a uno mismo, se le debe desear el bien siempre, y cuando se le desee el mal, hacerlo sólo en razón de bien, sea porque lo necesita para un bien mayor, sea porque le conviene como castigo. Todo esto se resume óptimamente en las luminosas palabras de Nuestro Señor: “Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma, con toda tu mente y con todas tus fuerzas, y al prójimo como a ti mismo”. Esta misma idea está presente en varios puntos del Antiguo Testamento, e incluso en diversas tradiciones religiosas paganas, en la medida en que es uno de los primeros principios morales que resultan accesibles mediante la razón natural a todo el mundo.
¿Y qué tiene que ver todo esto con el racismo? Pues que, como hemos dicho, si el racismo especulativo trata de las proposiciones que se sostengan o dejen de sostener en razón de la raza, el racismo operativo o ético trata del bien o el mal que se haga en razón de la raza. Así, si la primera división del racismo especulativo se refiere a la existencia misma de la distinción de razas, la primera división dentro del racismo operativo se refiere a la misma existencia del respeto moral como deber en relación a las personas de distintas razas, antes que a ningún deber específico que surja como consecuencia de tal respeto moral. Es decir, dado que cualquier potencial deber en relación tanto a un hermano de raza como a una persona de raza distinta será parte de los deberes respecto al prójimo, lo primero que se nos plantea es quién sea ese prójimo, y, en particular, si todas las personas son nuestro prójimo, o sólo algunas, y, en este último caso, si la exclusión de algunas personas de ese respeto moral se haría según líneas raciales o según otro criterio que nada tenga que ver con la raza, ni directa ni indirectamente.
De esta manera, comenzamos dividiendo entre aquellos que excluyen a algunas personas como objeto de respeto moral o dignidad humana según líneas raciales, por un lado, y aquellos que no, por el otro. Nótese que esta no es una división entre aquellos que creen que toda persona merece un respeto moral por el hecho mismo de serlo y aquellos que no. Bien puede ser que alguien tenga un criterio de benevolencia distinto a la misma humanidad compartida, y que por tanto excluya a diversas personas del trato como poseedores de dignidad igual a la propia, pero que ese criterio no tenga por resultado que nadie acabe en esa categoría por razón de la raza.
A lo primero podríamos llamarle racismo absoluto, ya que introduce una distinción según líneas raciales en relación a los primeros principios de la ética. A lo segundo se lo habría de llamar racismo relativo, pues introduce distinciones en la acción según líneas raciales, pero partiendo de una base común en los primeros principios. Siendo el primer principio de la moral buscar el bien y evitar el mal, en relación al prójimo el primer principio es buscarle el bien y evitarle el mal. Respecto a quien no se tiene esa disposición, el trato no es ni siquiera objeto de la ética, sino más bien de la técnica, y lo único relevante será, en su caso, el respetar mediante ese trato los deberes morales respecto a uno mismo y respecto a Dios.
LOS PSEUDORACISMOS
Junto a esta primera división en racismo absoluto y racismo relativo, encontramos otros dos fenómenos que es necesario señalar, porque comúnmente se tachan de racistas en el discurso actual. Sin embargo, no me parece que sean distinciones relevantes, antes bien enfangan la discusión promoviendo o que se excluyan de lo racista acciones de suyo relacionadas con ello, o que se incluyan otras acciones que difícilmente tienen nada que propiamente hablando pueda decirse que es racista.
El primero de ellos es el racismo probabilístico o impropio. Este se trata del caso en el que se lleva a cabo una distinción de trato con un motivo formal totalmente distinto de la raza, pero que está relacionado con la raza de tal manera que haya de facto una distinción de trato en correlación a la raza, que puede llegar a ser incluso muy notoria. No se puede decir de ninguna manera que este fenómeno esté realmente relacionado con el racismo propre loquendo, porque en ningún momento se toma ni directa ni indirectamente la raza como causa de discriminación. Sin embargo, los activistas antirracistas suelen defender que el motivo formal de la distinción, por objetivo que sea, no es la verdadera causa de esos resultados dispares. Antes bien, o se ha puesto ese motivo como excusa para realizar una discriminación racial consciente, o hay alguna especie de tendencia inconsciente hacia la discriminación (implicit bias) que lleva a juzgar erróneamente los datos objetivos en provecho de unas razas y en perjuicio de otras. Ante esta situación, suelen proponer como soluciones la reeducación enfocada a acabar con esos prejuicios inconscientes, y la discriminación activa y voluntaria contra aquellos que salen más bien parados, en orden a “corregir” los resultados injustos que provoca el racismo. De tal suerte que, como remedio de una indemostrada discriminación inconsciente, se pone la discriminación consciente contra la raza que no ha hecho otra cosa para merecerlo que ser la más beneficiada por el juicio objetivo de los hechos, supuesto que haya una correlación entre la raza y tal o cual cosa que se está teniendo en cuenta. De esta manera, nos encontramos en un callejón sin salida: O se obtienen resultados diferentes por la raza, distinguiendo de acuerdo con un criterio correlacionado de forma distinta con las distintas razas; o discriminamos según la raza para obtener el mismo resultado en todas. Pero tanto el hecho mismo de discriminar por raza como el de permitir que las razas se distingan por sus resultados en cualquier campo se tacha de racista. De donde vemos que no hay un verdadero criterio unificado de lo que es racista y lo que no, dado que unas formas de racismo excluyen otras, y viceversa. A este racismo impropio podemos llamarle pseudoracismo, dado que no tiene ninguna conexión real con el resto de fenómenos que se abarcan bajo el término, sino que es más bien un instrumento político dirigido a legitimar el uso de ciertos medios de persecución contra esta disparidad de resultados. Lo volveremos a mencionar más adelante para ponerlo en comparación con las formas de racismo en sentido propio más semejantes.
La segunda forma de pseudoracismo es el llamado racismo estructural o “de arriba abajo”. La definición más ilustrativa de esta pretendida forma de racismo viene de la organización antirracista judía ADL, que en 2020 cambió su definición de racismo a “the marginalization and/or oppression of people of color based on a socially constructed racial hierarchy that privileges White people”. Así, se define el racismo de forma estrecha como la discriminación dentro de un pretendido “sistema de opresión”, de tal suerte que sólo pueda haber racismo en una dirección, de parte de los que tienen poder a los que no, lo cual viene a significar siempre por parte de los blancos a los no blancos. De esta manera, se justifica tanto la demonización de la raza que se percibe como opresora, como cualquier acto de violencia contra estos, porque sólo se trata de racismo cuando se dirige contra “los oprimidos”. Los blancos pueden ser discriminados e incluso asesinados por su raza, pero eso no será racismo porque están en lo alto de la “jerarquía racial socialmente construida”. Al mismo tiempo, cualquier acción de los blancos que cree perjuicio contra los no blancos sí que será racismo, incluso si lo hacen de acuerdo con un criterio objetivo y sin ninguna discriminación consciente, porque es un acto de opresión dentro de ese esquema de “opresión sistémica”. Esta especie de pseudoracismo no es sino un triste intento de justificar el odio racial de quienes se llaman a sí mismos antirracistas, cambiando el significado de las palabras de tal suerte que cualquier atropello quede justificado con tal de que venga de su parte. Aunque presentado de esta manera pueda parecer que es un concepto demasiado absurdo como para ser relevante, es de gran importancia dentro del objetivo de esta serie de artículos: mostrar que dentro del concepto de “racismo” se engloban fenómenos muy distintos y aun opuestos entre sí, de tal manera que ensucia el discurso político y se instrumentaliza para justificar toda clase de injusticias. Sólo una distinción rigurosa de las especies de distinciones entre razas, como la que aquí se pretende, puede resolver el problema que tanto tiempo lleva infectando la cultura occidental.
LAS ESPECIES DEL RACISMO RELATIVO
El racismo relativo es el trato diferenciado en razón de la raza dentro de una disposición caritativa general, o a lo menos no delineada en razón de la raza. Es una especie de discriminación, en el sentido básico de la expresión de seleccionar excluyendo, si bien se ha ido cambiando el significado de esa palabra en el uso popular hasta el punto de que “discriminar” ya se suele entender como algo injusto por definición. Entendido así el racismo, el “test” definitivo para comprobar si hay racismo sería el cambiar, manteniendo todos los demás detalles de una situación, la raza de una persona. Si hay cualquier diferencia en el trato, se entenderá que hay racismo, y eso ya se toma como el peor delito que pueda cometerse. Ahora bien, esta discriminación puede darse de dos maneras. Cuando se da o se hace algo a alguien (o no se le da o no se le hace algo), puede ser algo o debido o no debido. Si a alguien se le da o hace algo malo que no merece, o se le niega algo bueno que se le debe por justicia, se está cometiendo un mal contra él. Ahora bien, desear el bien a alguien no es sino amarle, y desearle el mal no es sino odiarle, siendo lo bueno para cada uno aquello que le corresponde por justicia. En esa medida, negarle a alguien lo debido por razón de su raza es una especie de odio racial, aunque su gravedad, evidentemente, vendrá modulada según el valor del bien que se niega o el mal que se provoca. Pero tener respecto a una raza una disposición malevolente consiste, según lo ya visto, en la misma definición dele racismo absoluto tal y como hemos visto más arriba.
De esta manera, el racismo relativo sólo puede darse respecto a los bienes que se niegan que no son debidos por estricta justicia. Esta disposición a dar un trato más favorable a una raza respecto a las otras sólo puede darse de dos modos: O porque se tiene una disposición más favorable en razón de la raza misma, o porque se tiene una disposición más favorable en razón de un carácter asociado a la raza. Es decir, partiendo de la definición dada en el primer artículo de que la raza es una comunidad de ascendencia y de caracteres heredados por dicha ascendencia, cualquier diferencia de trato que se dé por razón de la raza sólo cabe que sea en razón del hecho mismo de formar parte de tal comunidad, atendiendo al sujeto, o en razón de algo que pertenece a tal comunidad, atendiendo al objeto. Lo primero podemos llamarlo motivación racial directa o discriminación subjetiva, en contraposición a lo último, que sería de motivación racial indirecta, o discriminación objetiva.
Esta forma de racismo, de motivación racial directa, no trata tanto de ningún carácter objetivo sino de lo subjetivo, es decir, del grupo por el hecho mismo de ser tal grupo. De esta manera, se divide naturalmente según que el grupo favorecido sea el propio o alguno ajeno en despecho del propio. A lo primero podemos llamarlo racismo intragrupo y a lo segundo extragrupo. Es algo de todos sabido que la preferencia intragrupo es algo infinitamente más común que la preferencia extragrupo; sin embargo, no puede decirse que esta sea inexistente, de tal manera que conviene incluirla entre las divisiones posibles. Esta preferencia, ya sea intragrupo o extragrupo, consistirá sencillamente en una disposición más favorable hacia el grupo preferido, sin necesidad de incluir ningún desprecio particular hacia aquellos que menos se favorece. Tampoco significa el negarles ninguna especie de bien que les sea debido, sino más bien en dirigir la caridad antes y con más intensidad hacia aquellos que más se ama.
La preferencia intragrupo, en particular, resultará en que se creen, de modo formal o informal, espacios de convivencia exclusivos de la propia raza, en la medida en que es propio del amor el querer estar cerca del amado. También irá de la mano de una preferencia a la hora de unirse para la procreación, de tal forma que se cree y mantenga una agrupación separada de ascendencia y de los caracteres que a ella pertenecen. Dado que esto mismo es en lo que una raza consiste, puede verse que la preferencia intragrupo viene a ser algo esencial a la supervivencia y a la formación de las razas. Allí donde no hay una preferencia particular por los del propio grupo respecto a los demás, el grupo mismo tiende a desaparecer, porque si no está unido por la voluntad misma de sus miembros, sólo puede estarlo por accidentes involuntarios, de tal suerte que el grupo desaparecerá tan pronto desaparezcan aquellos.
La preferencia extragrupo es mucho más extraña, pero, como se ha dicho arriba, no inexistente. En particular, actualmente se puede señalar su presencia en algunos países occidentales, dentro de los sectores político-sociológicos progresistas blancos. De forma inversa a la preferencia intragrupo, esta preferencia extragrupo vendrá de la mano del rechazo a cualquier espacio homogéneo del propio grupo, así como en general de las cosas que al grupo como tal grupo cerrado pertenezcan. De la misma manera en que la preferencia intragrupo es necesaria para la supervivencia de los grupos étnicos, es evidente que la preferencia extragrupo sólo puede ir de la mano, a la larga, de la desaparición del grupo desfavorecido. Hablaremos más de este fenómeno en el capítulo que viene.
La discriminación objetiva, por su lado, se caracteriza por tener como razón última de la discriminación no la preferencia o falta de preferencia por tal grupo racial en sí mismo y por sí mismo, sino una diferencia de carácter objetivo entre razas en razón de la que se aplican de forma general criterios dispares para unos y otros. Que estas diferencias tengan como causa directa el genotipo, el ambiente o una mezcla de ambos no es lo más importante, sino el hecho mismo de que lo que motive una aplicación de criterios distintos en virtud de la raza sean una serie de caracteres objetivos que en unas y otras se dan de distinta manera. Partiendo de lo anterior, esta clase de discriminación sólo puede darse de dos maneras. Si tomamos por base el hecho de que hay una cantidad limitada de bienes que repartir, y una serie de personas susceptibles de recibirlos, cada una con unas condiciones que hagan más o menos adecuado atribuirle tales bienes; estando estas personas separadas en dos o más razas, y estando las condiciones en cuestión repartidas de forma desigual entre las razas, de tal forma que los miembros de una de ellas tiendan a ser más adecuados y los de otra más inadecuados, sólo hay tres opciones: La primera, no tomar en absoluto la raza en cuestión, sino, a partir de un criterio estrictamente individual, atribuir los bienes según la conveniencia del carácter de cada persona. Esto no sería propiamente hablando ninguna especie de discriminación, sino que terminaría más bien en un resultado correspondiente a la discriminación probabilística o impropia que hemos tratado más atrás. Los bienes estarían distribuidos desigualmente entre las razas, pero atendiendo a la misma desigualdad objetiva entre éstas. La segunda opción sería tomar la raza en cuestión, de tal modo que se use como criterio clasificatorio el hecho de pertenecer a la raza cuyos miembros sean de forma general más adecuados o más inadecuados, favoreciendo a los primeros y menoscabando a los segundos. A esto se lo habría de llamar propiamente racismo optimizador, porque aspira a adjudicar tendiendo a lo más justo (más a los más adecuados, menos a los menos adecuados) acorde a un principio probabilístico que simplifica la decisión. Por último, sería posible no intentar una adjudicación acorde a los hechos objetivos, tomados de forma individual o a través de un prejuicio general, sino antes bien aspirar a que haya un reparto igualitario entre las razas independientemente de los hechos y a pesar de los hechos. Es decir, que, aunque los bienes convenga repartirlos en atención a ciertos caracteres distribuidos de forma distinta entre las razas, de tal manera que el resultado final ateniéndose a una estricta justicia debiera estar repartido acorde a esos mismos caracteres, se considere que es mejor desatender a esos hechos para que el resultado final sea el de un reparto estrictamente igualitario. A esto deberíamos llamarlo racismo igualizador, lo que en el lenguaje común suele llamarse discriminación positiva, acción positiva o acción afirmativa. A través de los nombres mismos puede ya verse que se lo tiende a presentar en una luz favorecedora, a diferencia de su contraparte anti-igualitaria.
Yendo a algunos de los ámbitos en los que más han dado que hablar estas especies de racismo, podríamos ilustrar lo dicho a través de los procedimientos de contratación. Una persona que vaya a contratar a alguna otra no le debe nada a sus potenciales contratantes, es decir, no comete contra ellos ninguna injusticia dejando de contratarlos, aun suponiendo que tuvieran los atributos adecuados para el trabajo. Partiendo de la suposición de que los requisitos adecuados para el trabajo estén en esa sociedad repartidos de forma desigual entre las razas, podría o aplicar un método estrictamente individualista, o simplificar la decisión utilizando la raza como medio probabilístico -por ejemplo, descartando a priori la posibilidad de contratar a personas de alguna raza en particular. Por último, también sería posible que estuviera convencido de que ese reparto desigual de los requisitos es el producto del racismo estructural, o es sólo una apariencia creada por el racismo subconsciente, de tal manera que entiende que lo único justo a la hora de realizar contrataciones sería actuar de tal manera que el resultado final sea tal y como sería si esa disparidad en los requisitos no existiera en absoluto. Esto implicará buscar que haya en la plantilla laboral de forma aproximada una representación de cada raza acorde a su presencia en esa sociedad. Lo primero será discriminación probabilística o impropia, lo segundo discriminación optimizadora, lo tercero discriminación igualizadora. Todo ello sin tener en cuenta la posible presencia de una preferencia intragrupo o extragrupo, que podría cambiar los resultados introduciendo una variable más que la mera adecuación para el cargo, prefiriendo, a lo menos dentro de una misma adecuación para el cargo, a los miembros del intragrupo o del extragrupo, respectivamente.
EL RACISMO ABSOLUTO
Si el racismo relativo es el trato diferenciado por razón de la raza dentro de una disposición caritativa general, el racismo absoluto es el trato diferenciado por razón de la raza consistente en tratar a los miembros de una o unas razas como prójimos objeto de respeto moral y caridad, y a los miembros de alguna o algunas otras no. Según la disposición presentada en el diagrama, puede verse que el racismo absoluto y el relativo se dividen de forma paralela, distinguiéndose en cada caso por el modo en que se da ese trato distinto. Así, se divide en racismo subjetivo y objetivo, y estos se dividen en intragrupo y extragrupo y optimizador e igualizador, respectivamente.
El racismo absoluto subjetivo o de motivación racial directa consiste en el tratar como si no fueran objeto de respeto moral a los miembros de tal raza por el hecho mismo de ser de tal raza y sin otra motivación ulterior que esa misma pertenencia. En su forma natural, que es un racismo absoluto intragrupo, no es otra cosa que una versión radical de la preferencia intragrupo vista más arriba. En lugar de tener un orden de la caridad dentro del cual los miembros de la propia raza anteceden a todos los demás, la caridad se dirige únicamente a los miembros de la propia raza, y con todo el resto de la humanidad no hay sino una relación de enemistad, activa o latente. Esta forma de pensamiento no es extraña dentro de la historia de la humanidad, y se da de modo particularmente común en las sociedades tribales extremadamente cerradas dentro de sí mismas. Dado que no se contempla la benevolencia con la gente de fuera del grupo por el mismo hecho de ser personas, las relaciones con ellos sólo pueden ser o de enemistad abierta o de explotación, ya sea forzada o porque se ha llegado a algún mutuo acuerdo ventajoso. Por lo que se refiere a su variante extragrupo, ciertamente que es algo bastante más extraño, si es que es siquiera posible. Aunque la preferencia general extragrupo sí que es algo existente en el occidente actual, su radicalización hasta el punto de carecer de cualquier clase de caridad con los miembros del propio grupo es algo difícil de alcanzar. Aunque algo como la defensa del propio genocidio violento, por ejemplo, apenas podrá verse, sí que pueden encontrarse casos de fanatización de la preferencia extragrupo hasta el punto de defender abiertamente la discriminación contra el propio grupo, su opresión y diversos actos de violencia e injusticia contra éste. Siendo de suyo algo extraño, según se radicaliza la preferencia extragrupo entramos más y más en el terreno de lo patológico.
Por lo que se refiere al racismo objetivo o de motivación racial indirecta, nos encontramos otra vez un claro paralelo con su equivalente dentro del racismo relativo. Esta especie de racismo consiste en que se trata al prójimo como si tuviera o no dignidad humana dependiendo de su raza, pero no tomando la raza como motivo directo de esto, sino en la medida en que uno o varios caracteres objetivos vinculados a la raza se valoran de tal suerte que se entienda que confieren la dignidad humana. Esto puede darse de varias formas. En primer lugar, estaremos ante un mero racismo probabilístico o impropio si aquello que se valora está repartido desigualmente entre las razas, pero se respeta un estricto criterio individualista, de tal suerte que dentro de cada raza haya una discriminación equivalente dependiendo del reparto de estos caracteres. Por ejemplo, si se entendiera que lo que da la dignidad es la inteligencia, podrá de forma general despreciarse a los miembros de una raza que se estime menos inteligente, pero en este caso se respetaría a lo menos a las excepciones dentro de este grupo que fueran lo suficientemente inteligentes. Asimismo, sería lo lógico también despreciar de forma equivalente a los tontos dentro de las razas inteligentes. Por lo que se refiere al racismo objetivo propiamente hablando, en primer lugar, podemos imaginar que ese valor objetivo se atribuya a absolutamente todos los miembros de una raza. Aunque cuesta imaginar que eso pueda realmente darse si nos atenemos solamente a caracteres como la inteligencia, es fácil ver, por ejemplo, que podría alguien estimar toda una raza como desagradable a la vista, cuando los mismos rasgos que les distinguen como tal raza le resulten feos. Dentro de una ética estrictamente esteticista podría caber tal clase de racismo. En segundo lugar, es posible que, aunque tal valor objetivo se tome como la base de la dignidad, no se atienda a este criterio en el trato al individuo, prefiriendo antes bien tratar a todos los miembros de una raza en virtud de la regla general por lo que se refiere a la posesión de tal carácter. Esto parece presentar cierta medida de relativismo, en cuanto implica desatender en el caso concreto lo que se ha tomado como criterio último de la ética. Por ejemplo, si lo que más en consideración se tiene es la inteligencia y se piensa que es lo que confiere dignidad al hombre, no parecería justificado tratar a un hombre inteligente como si no lo fuera por el solo hecho de pertenecer a una raza que no se estima como inteligente de forma generl. Sin embargo, sería posible entender esto si se pone en el contexto de un esquema moral consecuencialista en el que lo central no es tanto evitar los actos intrínsecamente malos sino promover y alcanzar la realización de ciertos bienes. Así, en un contexto en el que se respeta más a tal o cual raza por estimársela más inteligente, lo importante no son tanto las personas inteligentes sino la inteligencia misma, y en esa medida se justifica el sacrificio de algunas personas inteligentes dentro de una raza que no lo es, en pro de un futuro en que de forma general prime la inteligencia sobre la estupidez. Por último, también sería posible entender que lo que confiere la dignidad no son unos caracteres objetivos en sí mismos, sino el hecho de pertenecer a una raza que de forma general los posee o los deja de poseer. Las consecuencias prácticas parece que son las mismas, en cualquier caso.
Por lo que se refiere a las subdivisiones del racismo objetivo absoluto, nos encontramos que se distingue otra vez en optimizador o humanista, por un lado, e igualizador o marxista, por el otro. El racismo absoluto humanista u optimizador es aquel que reconoce o deja de reconocer la dignidad en virtud de una serie de bienes humanos objetivos que pertenecen o dejan de pertenecer a una raza. De forma general, estos bienes son la inteligencia, la belleza, el genio, el valor, las costumbres civilizadas, y en general todas las virtudes que puedan pertenecer al temperamento. Una vez se toman estos valores y su posesión como criterio fundamental de la ética, y supuesto que se sostenga su reparto desigual entre los grupos humanos y su heredabilidad, de forma natural se tenderá a la discriminación de poblaciones según estos criterios. Las poblaciones que más posean estos caracteres se sostendrán y promoverán, mientras que las que carezcan de ellos se tenderán a eliminar o a usar en provecho de las primeras, suponiendo que no fuera posible elevarlas de su condición. De acuerdo con la radicalidad con la que se tomen estas posiciones, podemos hacer dos divisiones más. Si a los grupos que carecen de tales caracteres se los ve sin caridad, pero con indiferencia, de tal suerte que se aspire a utilizarlos en el propio provecho o se considere sólo vale la pena atentar contra ellos si supusieran un peligro para el grupo favorecido, podemos hablar de racismo optimizador esclavizador. Se tiene respecto a los inferiores la actitud que se tiene respecto de los animales. Por último y de forma más radical, se podría llegar a considerar que la mera existencia de poblaciones con unos caracteres que se estimen como inferiores es activamente un mal. En este caso, se tiene tal veneración por un determinado valor humano que la existencia de una forma de vida que carece de él se considera un insulto. A esto se lo habría de llamar racismo optimizador exterminador, en la medida en que el exterminio es la consecuencia natural de lo dicho.
Finalmente, junto al racismo optimizador nos encontramos al racismo igualizador o marxista. Muy al contrario del caso recién visto, en este supuesto nos encontramos con que no son los caracteres superiores lo que más se estima y mueve a esta forma radical de discriminación, sino antes bien es esa misma desigualdad que implica la existencia de caracteres superiores lo que se toma como el objetivo a destruir dentro del propio sistema de valores. Esto es lo propio de algunas ramas racializadas del marxismo, o si acaso ramas marxistizadas del racismo, en las que la lucha de clases se ve, asimismo, como una lucha de razas, o viceversa. Así, es el hecho mismo de que haya en la sociedad -o en el mundo- una raza más rica, más educada, más poderosa, y que tenga más en posesión las virtudes reales o aparentes que a ello van vinculadas, lo que se estima les hace a todos ellos de suyo y de forma objetiva -por las mismas condiciones materiales- una clase opresora, que debe en esa medida tratarse como enemigos absolutos, sin ningún respeto ni asomo de moral o caridad, en la medida en que la moral misma no se percibe sino como un invento burgués. La única moral aceptable es la moral proletaria, lo cual no quiere decir, en última instancia, sino hacer absolutamente todo lo necesario, sin ninguna consideración moral, con tal de lograr el éxito revolucionario.
CONCLUSIONES
Una vez presentadas las principales formas en las que puede darse la discriminación en el trato con otras razas, sólo queda analizar en el último artículo todas las especies de racismo ya presentadas, haciendo un juicio científico y moral de todas ellas. Este será el artículo más importante de la serie, respecto al cual todos los demás no han sino preparado el terreno y clarificado los términos. El análisis significará, respecto al racismo especulativo, formar un juicio sobre lo justificadas que están en el pleno intelectual esas afirmaciones y negaciones, i.e. si son verdaderas o no. Por lo que respecta al racismo operativo, el juicio será principalmente moral, es decir, que consistirá en analizar si tales acciones están justificadas ante el tribunal de la ética como acciones humanas. En cualquier caso, unos y otros deberán ponerse en relación para realizar los juicios finales, en la medida en que, como ya se ha repetido varias veces, se relacionan como la premisa mayor y la premisa menor de un argumento, cuya conclusión es el comportamiento que queda o no justificado. De esta manera, tenemos que hacer tanto un juicio de hecho sobre una materia científica, como un juicio de derecho sobre la regla general que a esa materia cabe aplicar. En esa medida, puede verse claramente que es posible el desacuerdo sobre el comportamiento final aun compartiendo o el juicio sobre la cuestión de hecho, o el juicio sobre la regla general. El juicio de hecho lo realizaré de acuerdo con el estado actual de las ciencias, dentro de lo que me resulta alcanzable y lo que puedo estimar como probable según los diversos motivos de credibilidad. El juicio de derecho lo realizaré, por supuesto, tomando como regla definitiva los principios de la moral católica, fundando asimismo las conclusiones en la ley natural, ilustrada por la historia general de la humanidad, y en particular de los países cristianos. En uno y otro caso invito a los lectores a presentar todas las opiniones que pudieran tener, con tal de que tomen por fuentes las genuinas autoridades de cada ciencia.